Cuando recibes tu nómina cada mes, probablemente solo miras el número final
El líquido a percibir. El dinero que llega a tu cuenta. Todo lo demás — bases de cotización, percepciones no salariales, retención IRPF, contingencias comunes — puede parecer un código incomprensible que prefieres ignorar.
Pero tu nómina contiene información que importa: errores que te cuestan dinero, cotizaciones que determinan tu futura pensión o prestación por desempleo, y retenciones que pueden estar calculadas mal si no has comunicado tu situación personal.
Esta guía te explica cada concepto con el ejemplo real de una nómina de 30.000€ brutos anuales en Madrid, contrato indefinido, 12 pagas.
Las 3 partes de toda nómina española
Toda nómina tiene la misma estructura básica, regulada por el Real Decreto 2273/1985. Antes de entrar en detalles, conviene tener el mapa claro:
NÓMINA
├── ENCABEZADO (datos empresa y trabajador)
├── I. DEVENGOS (lo que ganas)
│ ├── Percepciones salariales
│ └── Percepciones no salariales
└── II. DEDUCCIONES (lo que te descuentan)
├── Seguridad Social
├── IRPF
└── Otras deducciones
La diferencia entre devengos y deducciones da como resultado el líquido a percibir — lo único que llega a tu cuenta.
El encabezado: datos que debes verificar siempre
El encabezado de la nómina parece burocrático, pero contiene datos que afectan directamente a tus derechos laborales y prestaciones futuras. Revísalo al menos una vez al año.
Nombre y NIF del trabajador. Error infrecuente pero con consecuencias fiscales si persiste. Asegúrate de que el NIF es el correcto — especialmente si has renovado el DNI recientemente.
Número de afiliación a la Seguridad Social (NAF). Es tu identificador único en el sistema de pensiones. Con él puedes consultar tu vida laboral en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Si no aparece o está mal, tus cotizaciones podrían no estar siendo ingresadas a tu nombre.
Categoría profesional y grupo de cotización. Determina el salario mínimo de tu base de cotización. Cada grupo tiene una base mínima diferente — si te cotizaran por un grupo inferior al que corresponde a tu categoría real, estarías cotizando menos de lo que te corresponde y tu futura prestación por desempleo o baja sería menor.
Fecha de antigüedad. Si tu convenio colectivo reconoce complementos por antigüedad (trienios o quinquenios), esta fecha es la base del cálculo. Un error aquí puede suponer años de complemento sin cobrar.
Período de liquidación. Confirma que la nómina corresponde al mes correcto y al período completo. En meses de alta, baja o cambio de contrato debe ser proporcional.
I. Devengos: todo lo que cobra el trabajador
Los devengos son el total de lo que has generado ese mes antes de cualquier descuento. Se dividen en dos categorías con tratamiento fiscal muy distinto.
Percepciones salariales
Estas percepciones cotizan a la Seguridad Social y tributan íntegramente como rendimientos del trabajo en el IRPF.
Salario base. La retribución fija mínima garantizada por el convenio colectivo para tu categoría. No puede ser inferior al SMI ni al salario mínimo del convenio. Para nuestro ejemplo con 30.000€ anuales en 12 pagas, el salario base suele ser la parte principal del devengo mensual.
Complementos salariales. Retribuciones adicionales vinculadas a condiciones personales del trabajador (antigüedad), del puesto (peligrosidad, nocturnidad, turnicidad) o a resultados (productividad, comisiones). Todos cotizan y tributan igual que el salario base.
Horas extraordinarias. Las horas trabajadas por encima de la jornada ordinaria. El límite legal son 80 horas extraordinarias al año. Se pueden compensar con descanso o retribución económica, pero en cualquier caso aparecen en la nómina y cotizan. Si haces horas extra y no aparecen en tu nómina, hay un problema.
Prorrata de pagas extraordinarias. Si cobras en 12 pagas, el importe de las dos pagas extra (que legalmente corresponden según convenio) se distribuye en doce partes iguales que aparecen cada mes como «prorrata de pagas». Esto significa que no hay sorpresa en julio ni diciembre, pero el importe mensual visible es ligeramente inferior al de alguien que cobre en 14 pagas. El total anual es idéntico.
Percepciones no salariales
Estas percepciones tienen un tratamiento diferente: no cotizan a la Seguridad Social dentro de ciertos límites y pueden estar total o parcialmente exentas del IRPF.
Dietas y gastos de manutención. Las dietas por desplazamiento por trabajo están exentas hasta determinados límites diarios (53,34 €/día en España, 91,35 €/día en el extranjero para pernocta). El exceso sí cotiza y tributa.
Gastos de locomoción. El transporte en servicio público está exento siempre que esté justificado con billete o factura. El uso de vehículo propio está exento hasta 0,26 €/km (2026). El exceso tributa.
Plus de transporte. Es diferente a los gastos de locomoción — es un complemento fijo mensual por el hecho de acudir al trabajo. Hasta 1.500 €/año está exento de IRPF (Art. 9 RIRPF), pero sí cotiza a la Seguridad Social.
Prestaciones de la Seguridad Social. Las prestaciones por Incapacidad Temporal (IT), maternidad o paternidad que la empresa anticipa o gestiona aparecen también en la nómina como percepciones, aunque su tratamiento varía.
Tabla ejemplo — Devengos para 30.000€ anuales
| Concepto | Importe mensual |
|---|---|
| Salario base | 1.800 € |
| Complemento de convenio | 350 € |
| Prorrata pagas extra | 350 € |
| Plus transporte | 100 € |
| Total devengado | 2.600 € |
II. Deducciones: lo que te descuentan
Las deducciones son los importes que la empresa retiene de tu nómina para ingresarlos directamente a la Seguridad Social y a Hacienda. No se quedan en la empresa — son tuyas en el sentido de que has devengado ese dinero, pero la ley obliga a que sean la empresa quien los ingrese.
Cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador
Las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador en 2026 son las siguientes, aplicadas sobre la base de contingencias comunes (para nuestro ejemplo, 2.500€ — el total devengado excluyendo el plus de transporte que también cotiza, por lo que en realidad la base suele ser el total devengado):
| Contingencia | Base | Tipo | Importe |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 2.500 € | 4,70% | 117,50 € |
| Desempleo | 2.500 € | 1,55% | 38,75 € |
| Formación Profesional | 2.500 € | 0,10% | 2,50 € |
| Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI) | 2.500 € | 0,15% | 3,75 € |
| Total SS trabajador | 6,50% | 162,50 € |
Estas cotizaciones generan tus derechos a prestaciones futuras: pensión de jubilación, prestación por desempleo, baja por enfermedad o accidente, maternidad/paternidad. A mayor base de cotización y más tiempo cotizando, mayor será la prestación.
Retención de IRPF
La retención del IRPF es el porcentaje que la empresa retiene mensualmente como pago a cuenta del impuesto anual sobre la renta. No es el impuesto definitivo — es una estimación que se regulariza en la declaración de la renta de abril.
Para calcularla, la empresa sigue el procedimiento de la AEAT: estima el salario anual completo, aplica los tramos del IRPF 2026, descuenta los mínimos personales y familiares y divide el resultado entre 12 (o 14 si hay pagas extra separadas).
Para nuestro trabajador con 30.000€ brutos en Madrid, el tipo efectivo ronda el 17,7%, lo que equivale a una retención mensual de aproximadamente 443€/mes.
Ese porcentaje cambia si:
- Tienes hijos u otros familiares a cargo
- Estás casado/a con cónyuge sin ingresos
- Tienes una discapacidad reconocida
- Tienes hipoteca de vivienda habitual (en algunas CCAA)
- Tienes dos o más pagadores en el año
Para comunicar cualquiera de estas circunstancias a tu empresa y que ajuste la retención, debes entregar el Modelo 145.
Otras deducciones
Anticipos. Si has solicitado un anticipo de nómina durante el mes, aparece aquí como deducción en la nómina del mes en que se regulariza.
Cuotas sindicales. Si estás afiliado a un sindicato y has autorizado el descuento en nómina, aparece como deducción. Son deducibles en la declaración de la renta.
Embargos judiciales. Si existe una orden judicial de embargo de salario (por deudas, pensión de alimentos u otros), la empresa está obligada a retener y transferir la cantidad correspondiente. El embargo nunca puede afectar al importe equivalente al SMI, que es inembargable.
Bases de cotización: qué son y para qué sirven
Las bases de cotización son uno de los conceptos que más confusión generan, porque en la nómina aparecen varios tipos con nombres similares.
Base de contingencias comunes (BCC). Es la más importante. Incluye el salario base, todos los complementos salariales y la prorrata de pagas extra. Sobre ella se calculan las cotizaciones que generan derechos a la mayoría de prestaciones: jubilación, incapacidad temporal, maternidad, desempleo. Tiene un máximo mensual de 4.909,50 € y un mínimo según grupo de cotización.
Base de contingencias profesionales (BCP). Similar a la anterior pero incluye también las horas extraordinarias. Se usa para calcular las cotizaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional — que paga íntegramente la empresa.
Base sujeta a retención de IRPF. Puede ser diferente a la BCC si existen percepciones exentas del IRPF (como dietas dentro del límite legal). En ese caso, la base de retención es menor que la base de cotización, porque las percepciones exentas se excluyen del cálculo del IRPF pero no de la Seguridad Social.
Entender la diferencia entre estas bases te permite verificar si tu empresa está cotizando correctamente por ti — algo que repercute directamente en tus futuras prestaciones.
El líquido a percibir: la cuenta final
Con todos los datos anteriores, el cálculo del líquido a percibir es directo:
Total devengado: 2.600,00 €
− SS trabajador: −162,50 €
− Retención IRPF: −443,00 €
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LÍQUIDO A PERCIBIR: 1.994,50 €
Este es el importe que llega a tu cuenta bancaria. Para un salario de 30.000€ brutos anuales, el neto mensual en Madrid es de aproximadamente 2.274€ — la diferencia con nuestro ejemplo se debe a que hemos simplificado el cálculo para mayor claridad. Consulta el desglose exacto de 30.000€ brutos en neto.
5 errores frecuentes en la nómina que debes vigilar
La mayoría de errores en nómina no son intencionados, pero pueden costarte dinero durante meses o años si no los detectas.
1. Categoría profesional incorrecta. Si tu categoría real es superior a la que aparece en la nómina, tu base de cotización mínima debería ser mayor. Esto afecta a la prestación por desempleo (se calcula sobre la base cotizada) y a la futura pensión. Revisa que la categoría del encabezado coincide con la de tu contrato y con tus funciones reales.
2. Antigüedad no reconocida. Si tu convenio colectivo reconoce complementos por antigüedad y llevas más de 3 años en la empresa, comprueba que esos complementos aparecen en tus devengos. A veces los cambios de convenio o de empresa hacen que la antigüedad reconocida quede desactualizada.
3. Horas extra no pagadas o mal calculadas. Las horas extraordinarias deben abonarse al valor que fije el convenio colectivo (generalmente superior al precio hora ordinario) o compensarse con descanso. Si haces horas extra y no aparecen en nómina, la empresa incumple el ET. Lleva un registro escrito de las horas realizadas.
4. Retención de IRPF incorrecta. Si has tenido hijos, te has casado, te has divorciado o tu situación familiar ha cambiado, comunícalo a tu empresa mediante el Modelo 145. Si no lo haces, la retención se calculará sobre tu situación anterior y podrás acabar pagando de más o de menos en la declaración de la renta. Especialmente relevante si tienes dos pagadores — lee más sobre los dos pagadores en el IRPF 2026.
5. Prorrata de pagas calculada sobre base incorrecta. La prorrata debe calcularse sobre el salario que le corresponde a cada paga extra según convenio. Si el convenio reconoce que la paga extra incluye complementos y la empresa solo prorrateas el salario base, el importe mensual es incorrecto. Revisa qué dice exactamente tu convenio sobre la composición de las pagas extra.
Lo que la nómina no muestra: cuánto paga la empresa por ti
Tu nómina refleja lo que cobra el trabajador y lo que descuenta la empresa para ingresarlo a Hacienda y la Seguridad Social. Pero hay otro coste que nunca aparece en tu nómina: las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
La empresa paga por ti, adicionalmente a tu salario bruto, aproximadamente un 30,48% más en cotizaciones: contingencias comunes (23,60%), desempleo (5,50%), FOGASA (0,20%), formación profesional (0,60%) y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,58%).
Para un trabajador con 30.000€ brutos, el coste real para la empresa es de aproximadamente 39.144€ al año — unos 9.144€ más que el salario bruto. Este dinero no lo ves en tu cuenta, pero sí genera derechos a prestaciones públicas.
Si eres autónomo o gestionas un equipo, esta cifra es clave para calcular el presupuesto real de personal. Lee más en ¿cuánto cuesta contratar un empleado en 2026?
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También puedes consultar directamente el desglose de 30.000€ brutos en neto, entender los tramos del IRPF 2026 o revisar en detalle las cotizaciones a la Seguridad Social 2026.
Fuentes: Real Decreto 2273/1985 — Estructura del recibo de salarios, AEAT — Retenciones e ingresos a cuenta 2026, TGSS — Bases y tipos de cotización 2026, ET — Estatuto de los Trabajadores