Miguel cambió de trabajo en julio — y en abril le llegó la sorpresa
Miguel tiene 35 años y trabaja en Barcelona. En julio de 2025 dejó su empresa para incorporarse a otra con mejor sueldo. Entre enero y junio cobró 14.000€ brutos en la primera empresa. Entre julio y diciembre cobró 12.000€ brutos en la segunda. Total del año: 26.000€ brutos.
En abril de 2026 hace la declaración de la renta y se lleva un susto: le sale a pagar 480€. No entiende por qué — si cada empresa le retuvo lo que tocaba, ¿cómo puede deber dinero?
Esta guía explica exactamente por qué pasa esto y qué puede hacer para evitarlo.
Los dos límites que debes conocer
El IRPF tiene dos umbrales distintos según cuántos pagadores hayas tenido:
| Situación | Límite para declarar | Condición |
|---|---|---|
| 1 pagador | 22.000 € | Sin condiciones |
| 2+ pagadores | 15.876 € | Si el 2.º pagador supera 1.500 € |
| 2+ pagadores | 22.000 € | Si el 2.º pagador NO supera 1.500 € |
Miguel cobró 26.000€ en total, con dos pagadores, y el segundo pagó 12.000€ (muy por encima de 1.500€). Está obligado a declarar y tiene un problema de retención insuficiente.
Por qué con dos pagadores suele salir a pagar
Este es el punto que más confunde a los trabajadores. El truco está en cómo cada empresa calcula la retención.
Cómo funciona la retención con un solo empleador
Cuando tienes un solo trabajo todo el año, tu empresa calcula la retención mensual considerando que ese salario es tu única renta del trabajo. Aplica la escala del IRPF sobre el salario anual completo y divide entre 12. Si cobras 26.000€ todo el año en la misma empresa, retendrá aproximadamente el 15,5% y en la declaración no habrá prácticamente diferencia.
Qué pasa con dos empleadores
La primera empresa de Miguel calculó su retención pensando que sus únicos ingresos anuales eran 14.000€ × 2 = 28.000€ (extrapolación del salario de esa empresa). Aplicó una retención correspondiente a ese salario.
La segunda empresa hizo exactamente lo mismo: calculó la retención pensando que sus únicos ingresos eran 12.000€ × 2 = 24.000€ anuales. También aplicó la retención correspondiente.
El problema: Ninguna de las dos sabía cuánto cobró Miguel en la otra empresa. Cuando Hacienda suma los 26.000€ reales del año, el tipo efectivo aplicable es mayor que la media de las dos retenciones individuales. La diferencia sale a pagar.
El ejemplo numérico de Miguel
| Concepto | Primera empresa | Segunda empresa | Total real |
|---|---|---|---|
| Ingresos reales | 14.000 € | 12.000 € | 26.000 € |
| Base que cada empresa usó para calcular retención | 28.000 € estimados | 24.000 € estimados | — |
| Retención aplicada | ≈ 1.680 € | ≈ 1.560 € | 3.240 € retenidos |
| Retención que debería haberse retenido | — | — | ≈ 3.720 € |
| Diferencia (a pagar en renta) | ≈ 480 € |
Cuándo te puedes librar del susto
No siempre sale a pagar con dos pagadores. Depende de la combinación de salarios y del momento del cambio.
Sale a pagar casi siempre cuando:
- Los dos salarios son similares en importe
- El cambio se produce en la mitad del año (julio/agosto)
- El total anual supera los 20.000€
Sale a devolver o queda a cero cuando:
- El segundo pagador pagó muy poco (cambio de trabajo en noviembre o diciembre)
- Tienes deducciones importantes (alquiler, hipoteca, donativos, maternidad)
- Tu segundo empleador aplicó voluntariamente una retención mayor
La solución: el Modelo 145
La herramienta para evitar el susto se llama Modelo 145 (Comunicación de datos al pagador). Es el formulario que entregas a tu empresa para que ajuste la retención a tu situación real.
Lo que debes hacer cuando cambias de trabajo:
Paso 1: Informa a tu nuevo empleador de que has tenido otro pagador y de cuánto cobraste aproximadamente.
Paso 2: En el apartado «Otros ingresos del contribuyente», indica los ingresos de la empresa anterior.
Paso 3: La empresa recalcula la retención mensual teniendo en cuenta el total anual estimado. Aplicará un porcentaje más alto.
Paso 4: Opcionalmente, puedes pedir explícitamente un porcentaje de retención superior al calculado. La empresa está obligada a aplicarlo si se lo solicitas por escrito.
Si Miguel hubiera entregado el Modelo 145 en julio con los datos de su primer empleo, la segunda empresa habría retenido más cada mes y en la declaración de renta habría salido a cero — o incluso a devolver.
El paro como segundo pagador: cuidado especial
Si en algún momento del año has cobrado la prestación por desempleo (paro), el SEPE cuenta como pagador a todos los efectos del IRPF.
Esto tiene una consecuencia práctica importante: aunque tus ingresos totales sean bajos, si el SEPE te ha pagado más de 1.500€, el límite para declarar baja a 15.876€.
El SEPE aplica retenciones muy bajas o nulas en muchos casos (especialmente cuando la prestación es la única renta). Al combinarse con el salario del trabajo, el resultado en la declaración suele ser positivo — es decir, a pagar.
Si has cobrado paro en 2025: planifica la declaración con tiempo, calcula si tendrás que pagar y reserva el dinero si es necesario.
Cómo calcular si te va a salir a pagar
Para hacer una estimación rápida:
- Suma todos los ingresos brutos del trabajo del año (todos los pagadores)
- Calcula el tipo efectivo de IRPF que corresponde a ese total (puedes usar nuestra calculadora de nómina)
- Multiplica el total por ese tipo efectivo — eso es lo que deberías haber retenido en el año
- Compara con lo que realmente te retuvieron (suma los datos de todas tus nóminas o mira el borrador de la renta cuando esté disponible)
- Si retuvieron menos → sale a pagar; si retuvieron más → sale a devolver
Para Miguel: 26.000€ × 15,1% efectivo ≈ 3.926€ que debería retener. Solo retuvieron 3.240€. Diferencia: 686€ a pagar (el dato real depende de deducciones aplicables).
Conclusión: Miguel ya sabe qué hacer este año
Después de entender el mecanismo, Miguel entregó el Modelo 145 a su empresa en enero de 2026 indicando que tuvo ingresos previos en el año. Su empresa aplica ahora una retención del 18% en vez del 14% por defecto. En la declaración de la renta de 2026 (que se presenta en 2027) no tendrá sorpresas.
Para calcular cuánto te retendrán con tu salario actual, usa nuestra calculadora de nómina. Si cobras en torno a los tramos más afectados, consulta los desgloses de 25.000€ brutos en neto o 30.000€ brutos en neto. Para entender las cotizaciones que influyen en la base de retención, lee sobre las cotizaciones a la Seguridad Social 2026.
Fuentes: AEAT — Rendimientos del trabajo 2026, LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF, Modelo 145 — AEAT